Buenos días,
En tanto puedan dictarse Instrucciones de la Consejería de Educación para la aplicación de los precios reducidos de comedor escolar para el curso 2021-2022, se puede comenzar a recepcionar la solicitud para la reducción de precios del comedor escolar para el curso 2021/2022 desde el 21 de junio y hasta el 7 de julio para ir gestionando las propuestas de los alumnos.
Para ello, se adjunta el modelo de solicitud elaborado para el 21-22.
http://cloud.educa.madrid.org/index.php/s/qQeAg4uEdpfDp3S
El impreso de solicitud deberá ser cumplimentado y firmado por todas las familias que quieran que se les aplique un precio reducido de comedor escolar por reunir los requisitos de alguna de sus modalidades (debe ser firmado por padre y madre o tutores, salvo unidades familiares monoparentales, en las que sólo firmará el que tenga la custodia del menor).
A la solicitud habrá que adjuntar fotocopia del libro de familia.
Aquellas solicitudes que sean la primera vez que lo solicitan deberán adjuntar además del libro de familia, fotocopia de DNI, NIE, PASAPORTE..., y volante de empadronamiento general.
Las solicitudes serán entregadas en Secretaria, solicitando cita en el teléfono 91 303 98 52 en horario de 9:00 a 10:00 horas.
Las modalidades que se podrán ir gestionando son las siguientes:
A) Modalidades en las que se pueden realizar consulta de datos en la primera fase si todos los miembros de la unidad familiar autorizan la consulta:
Renta per cápita inferior a 4.260 euros.
Renta Mínima de Inserción.
B) Modalidades en las que no se pueden consultar datos, se deberá requerir la documentación y custodiar en el centro:
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Documento acreditativo actualizado de prestar servicios en la Comunidad de Madrid. (Sólo Guardia Civil y Policía Nacional)
Acogimiento Familiar. Resolución judicial del acogimiento o certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite que se encuentra en situación de acogimiento familiar.
Víctima del Terrorismo. Resolución del Ministerio del Interior que acredite la condición de víctima del terrorismo del padre, madre o tutor, hermanos o el propio solicitante y siempre que, como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que les incapaciten totalmente para el trabajo habitual.
Ingreso Mínimo Vital procedente de RMI. Resolución de la Consejería de Políticas Sociales por la que se le extingue la RMI por haber pasado a ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
C) Modalidades en las que hay que enviar la documentación a la Subdirección General para su valoración:
Violencia de Género. Orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
Protección Internacional. Resolución del Ministerio del Interior que reconozca esta condición en cualquiera de sus modalidades.