PROCEDIMIENTO PRECIO REDUCIDOS DE COMEDOR CURSO 2022-2023
Estimadas familias,
A partir del 23 de junio y hasta el 30 de junio, ambas fechas incluidas, se podrá realizar la solicitud de reducción de precio del menú escolar para el curso 2022-2023
El impreso de solicitud deberá ser cumplimentado y firmado por todas las familias que quieran que se les aplique un precio reducido de comedor escolar por reunir los requisitos de alguna de sus modalidades (debe ser firmado por ambos progenitores o representantes legales, salvo unidades familiares monoparentales, en las que sólo firmará el que tenga la custodia del menor).
El impreso deberá ser enviado al correo:
secretaria.cp.angelgonzalez.leganes@educa.madrid.org
Poniendo en asunto: PRECIO REDUCIDO DE COMEDOR
Las modalidades que no requieren aportar documentación, salvo oposición expresa, son las siguientes:
- Renta per cápita inferior a 4.260 euros.
- Renta Mínima de Inserción.
En las modalidades en las que no se pueden consultar datos y que se requiere aportar documentación son las siguientes:
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Justificarlo con un documento acreditativo actualizado de prestar servicios en la Comunidad de Madrid. (Solo Guardia Civil y Policía Nacional).
- Acogimiento Familiar. Justificarlo con la Resolución judicial del acogimiento o certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite que se encuentra en situación de acogimiento familiar.
- Víctima del Terrorismo. Justificarlo con la Resolución del Ministerio del Interior que acredite la condición de víctima del terrorismo del padre, madre o tutor, hermanos o el propio solicitante y siempre que, como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que les incapaciten totalmente para el trabajo habitual.
- Ingreso Mínimo Vital procedente de RMI. Justificarlo con la Resolución de la Consejería de Políticas Sociales por la que se le extingue la RMI por haber pasado a ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital a uno o ambos progenitores.
- Ingreso Mínimo Vital no procedente de RMI. Justificarlo con la Resolución de concesión de Ingreso Mínimo Vital y de la prestación reconocida para 2020, 2021 o 2022.
- Violencia de Género. Orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
- Protección Internacional. Resolución del Ministerio del Interior que reconozca esta condición en cualquiera de sus modalidades.