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Acceso a la universidad para mayores de 25 años Acceso a la universidad para mayores de 25 años

Estructura general de la prueba de acceso:

La prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años se estructurará en dos fases, una general y otra específica. El currículo de los ejercicios será el establecido para las materias de segundo curso de Bachillerato.

FASE GENERAL

La fase general tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para cursar con éxito estudios universitarios, así como la capacidad de razonamiento y de expresión escrita, y constará de los siguientes ejercicios:

  • Comentario de texto, conforme a los contenidos e instrucciones establecidos en el Anexo I.
  • Lengua castellana.
  • Lengua extranjera, a elegir entre alemán, francés, inglés, italiano y portugués.

Cada ejercicio de la fase general presentará una única opción, excepto en el ejercicio de lengua castellana en el que el candidato deberá elegir una opción entre dos posibles.

La duración de cada uno de los ejercicios de la fase general será de sesenta minutos, a excepción del ejercicio de lengua castellana, que tendrá una duración de noventa minutos.

Durante la realización de dichos ejercicios se establecerá un descanso de treinta minutos, de acuerdo con el horario de la prueba previsto por cada universidad.

FASE ESPECÍFICA

La fase específica de la prueba tiene por finalidad valorar las habilidades, capacidades y aptitudes de los candidatos para cursar con éxito las diferentes enseñanzas universitarias vinculadas a cada una de las ramas de conocimiento en torno a las cuales se organizan los títulos universitarios oficiales de Grado.

El candidato deberá elegir una de las cinco ramas de conocimiento siguientes:

a) Artes y Humanidades.
b) Ciencias.
c) Ciencias de la Salud.
d) Ciencias Sociales y Jurídicas.
e) Ingeniería y Arquitectura.

En la fase específica, el candidato se examinará de dos materias vinculadas a la rama de conocimiento elegida, de acuerdo con la oferta establecida por la universidad de realización de la prueba.

El candidato tendrá preferencia en la admisión en la universidad o universidades en las que haya realizado la prueba de acceso y en la rama o ramas de conocimiento vinculadas a la opción u opciones superadas en la fase específica.

Las universidades madrileñas ofertarán, al menos, tres materias de las establecidas para cada rama de conocimiento. 

Cada ejercicio de la fase específica presentará dos opciones diferentes entre las que el candidato deberá elegir una. La duración de cada uno de los ejercicios de la fase específica será de noventa minutos. Entre el final de un ejercicio y el comienzo del siguiente se podrá establecer un descanso de treinta minutos como máximo. 

Fase específica: adscripción de materias por rama de conocimiento:

Convocatorias, calificación, reclamaciones, atención a la discapacidad y normativa:

CONVOCATORIAS

La organización de las pruebas de acceso corresponderá a las Universidades, en el marco establecido por las Administraciones educativas. El candidato podrá realizar la prueba de acceso en tantas Universidades como estime oportuno.

Las universidades públicas y privadas madrileñas realizarán en cada curso académico una sola convocatoria de la prueba de acceso para mayores de veinticinco años, que tendrá lugar entre el 1 de marzo y el 30 abril del año de convocatoria.

No habrá límite de convocatorias para superar la prueba de acceso para mayores de veinticinco años. La superación de la prueba tiene validez indefinida, a los efectos de la admisión en la universidad.

Los aspirantes podrán presentarse en sucesivas convocatorias con la finalidad de mejorar su calificación. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria siempre que esta sea superior a la anterior. En el supuesto de que el candidato hubiera optado por una rama de conocimiento distinta, podrá utilizar ambas calificaciones según los estudios de grado que desee cursar.

Los candidatos podrán realizar la prueba de acceso para mayores de 25 años en la universidad de su elección, siempre que existan en ésta los estudios que deseen cursar, correspondiéndoles con carácter preferente, a efectos de ingreso, la universidad en la que hayan superado aquélla.

CALIFICACIÓN DE LA PRUEBA

Cada ejercicio, tanto de la fase general como de la fase específica, se calificará de 0 a 10 puntos. La calificación final vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en la fase general y la fase específica, calificada de 0 a 10 y expresada con dos cifras decimales, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior.

Se entenderá que el candidato ha superado la prueba de acceso cuando obtenga un mínimo de cinco puntos en la calificación final, no pudiéndose, en ningún caso, promediar cuando no se obtenga una puntuación mínima de cuatro puntos tanto en la fase general como en la fase específica.

RECLAMACIONES

Una vez publicadas las calificaciones, se concederá un plazo de tres días hábiles para presentar reclamación dirigida al Rector correspondiente.

Los ejercicios sobre los que se haya presentado la solicitud de reclamación serán revisados por Profesores universitarios especialistas que, en todo caso, serán distintos a los que efectuaron la primera corrección.

La revisión se efectuará con el objeto de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas y lo han sido con una correcta aplicación de los criterios de evaluación y calificación, así como que no existen errores materiales en el cálculo de la calificación final.

En el plazo de diez días hábiles, a contar desde la finalización del plazo de presentación de reclamaciones, el Rector correspondiente adoptará las Resoluciones que establezcan las calificaciones definitivas de los ejercicios reclamados y se las notificará a los reclamantes.

Las Resoluciones respectivas pondrán fin, en cada caso, a la vía administrativa.

ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD

Para aquellos candidatos que, en el momento de su inscripción y conforme a lo establecido por la Administración educativa, justifiquen alguna discapacidad que les impida realizar la prueba con los medios ordinarios, se adoptarán las medidas oportunas para que realicen la prueba en las condiciones más adecuadas posibles en función de su situación y cumpliendo el principio de igualdad de oportunidades.

Estas medidas podrán consistir en la adaptación de los tiempos, la elaboración de modelos especiales de examen y la puesta a disposición del estudiante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas que precise para la realización de la prueba de acceso, así como en la garantía de accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o espacio físico donde ésta se desarrolle.

NORMATIVA APLICABLE

La información de la prueba viene especificada en los art. 11-15 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio (BOE núm. 138 de 7 de junio).

En la Comunidad de Madrid hay constituida una Comisión Organizadora para estas pruebas que ha establecido las normas e instrucciones para la realización de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años en la Resolución de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Universidades e Investigación (BOCM núm. 298 de 15 de diciembre).

RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2017, de la Dirección General de Universidades e Investigación, por la que se da publicidad al acuerdo de la Comisión Organizadora por el que se modifican las normas e instrucciones reguladoras de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Universidades que imparten el curso de preparación y realizan la prueba de acceso:

En la siguiente página web tienes toda esta información. Para ello accede desde el siguiente ENLACE.

Convocatorias, pruebas y modelos de examen:


Para más información accede al siguiente ENLACE.

Prueba de acceso a la Universidad para mayores de 45 años. Prueba de acceso a la Universidad para mayores de 45 años.

Acceso a la universidad para mayores de 45 años - Acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional (mayores de 40)

Estructura de la prueba, Convocatorias, Reclamaciones, Atención a la diversidad, Normativa aplicable:

ESTRUCTURA PRUEBA ACCESO PARA MAYORES DE 45 AÑOS

La prueba tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito estudios universitarios, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Se estructura en dos fases:

1. Ejercicios escritos:

  • Comentario de texto, con una duración de sesenta minutos, conforme a los contenidos e instrucciones establecidos en el Anexo I.
  • Lengua castellana, con una duración de noventa minutos, conforme a los contenidos e instrucciones establecidos en el Anexo II.

La calificación final de esta fase será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en cada ejercicio, que serán calificados de 0 a 10 puntos, no pudiendo promediar si en cada uno de ellos no se alcanza la calificación de 4 puntos. Se considerará superada esta fase si el candidato obtiene un mínimo de 5 puntos en la calificación final.

2. Entrevista personal: Los aspirantes que hayan superado los ejercicios de la primera fase serán convocados a una entrevista personal, que tendrá una duración máxima de veinte minutos, en la que se plantearán cuestiones generales sobre el currículo del candidato, con el fin de conocer su motivación y detectar sus habilidades y competencias básicas para hacer frente a los estudios universitarios que desea realizar.

Del resultado de la entrevista se elevará una resolución de apto o no apto para el acceso a los estudios solicitados, otorgándose en caso de aptitud y como calificación final de la prueba la obtenida en la fase de los ejercicios escritos.

CONVOCATORIAS

Las universidades públicas y privadas realizarán anualmente una convocatoria de prueba de acceso a la universidad para personas mayores de 45 años. Los ejercicios de la fase primera fase de la prueba tendrán lugar entre el 1 de marzo y el 30 de abril del año de convocatoria.

La superación de la prueba de acceso tiene validez indefinida, a efectos de admisión en la universidad en la que se haya realizado.

Una vez superada la prueba de acceso, los candidatos podrán presentarse de nuevo en sucesivas convocatorias en la misma universidad con el fin de mejorar su calificación. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que esta sea superior a la anterior.

En el supuesto en que, en una nueva convocatoria, el candidato decida realizar la prueba en una universidad diferente, solo se tomará en consideración, a efectos de ingreso, la calificación obtenida en esta.

RECLAMACIONES

Una vez publicadas las calificaciones, se concederá un plazo de tres días hábiles para presentar reclamación dirigida al Rector correspondiente.

Los ejercicios sobre los que se haya presentado la solicitud de reclamación serán revisados por profesores universitarios especialistas que, en todo caso, serán distintos a los que efectuaron la primera corrección.

La revisión se efectuará con el objeto de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas y lo han sido con una correcta aplicación de los criterios de evaluación y calificación, así como que no existen errores materiales en el cálculo de la calificación final.

En el plazo de diez días hábiles, a contar desde la finalización del plazo de presentación de reclamaciones, el Rector correspondiente adoptará las resoluciones que establezcan las calificaciones definitivas de los ejercicios reclamados y se las notificará a los reclamantes.

Las resoluciones respectivas pondrán fin, en cada caso, a la vía administrativa.

Asimismo, los aspirantes podrán reclamar, mediante escrito dirigido al Rector, el resultado de las entrevistas, en el plazo de tres días hábiles a contar desde el de su publicación.

La resolución de la reclamación pondrá fin a la vía administrativa.

ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD

Para aquellos candidatos que, en el momento de su inscripción y conforme a lo establecido por la administración educativa, justifiquen alguna discapacidad que les impida realizar la prueba con los medios ordinarios, se adoptarán las medidas oportunas para que realicen la prueba en las condiciones más adecuadas posibles en función de su situación y cumpliendo el principio de igualdad de oportunidades.

Estas medidas podrán consistir en la adaptación de los tiempos, la elaboración de modelos especiales de examen y la puesta a disposición del estudiante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas que precise para la realización de la prueba de acceso, así como en la garantía de accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o espacio físico donde ésta se desarrolle.

NORMATIVA APLICABLE

La información de la prueba viene especificada en los art. 17-20 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio (BOE núm. 138 de 7 de junio).

En la Comunidad de Madrid hay constituida una Comisión Organizadora para estas pruebas, que ha establecido las normas e instrucciones reguladas de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 45 años en la Resolución de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Universidades e Investigación (BOCM núm. 298 de 15 de diciembre).

Universidades de la Comunidad de Madrid con acceso para mayores de 40 y 45 años:

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

https://www.uah.es/es/admision-y-ayudas/grados/pruebas-de-acceso/

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

https://www.uam.es/uam/estudios/mayores-25-40-45https://www.uam.es/uam/estudios/mayores-25-40-45

UNIVERSIDAD CARLOS III

https://www.uc3m.es/pruebasacceso/mayores-40

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

https://www.ucm.es/pruebas-de-acceso

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

https://www.upm.es/FuturosEstudiantes/Ingresar

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

https://www.urjc.es/estudiar-en-la-urjc/admision/content/pruebas-de-acceso

Para más información accede al siguiente ENLACE.