Secretaría del Centro
Documentación necesaria para todos los alumnos
- Hoja de inscripción (1 por cada curso o taller): se puede bajar en esta página
- Fotocopia del D.N.I., N.I.E. ó pasaporte.
- 2 fotografías tamaño carné con el nombre y apellidos escritos por la parte de atrás.
- Los alumnos que no tengan cumplidos los 28 años el 31/12 del año en el que realizan la matrícula y cursen nivel II (presencial o distancia) deberán abonar 1,12€ en concepto del seguro escolar.
Alumnos de Nivel I y Nivel II
Además de lo citado en la relación anterior deben aportar:
- Certificación académica de notas de toda la E.S.O. o
- Libro de Escolaridad o
- Certificación de las Pruebas Libres para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria o
- Certificación de notas de otros Centros de Adultos
Alumnado mayor de 16 años y menor de 18 años
Si la razón para solicitar matrícula es estar trabajando, deben aportar además:
- Contrato de trabajo o Licencia fiscal.
- También pueden matricularse los deportistas de alto rendimiento comprendidos en este tramo de edad.
Documentos e impresos
DOCUMENTACIÓN PARA LA MATRÍCULA DEL CURSO 2022-2023
A continuación dejamos toda la documentación para poder hacer la matrícula en el curso 2022-2023:
-Matrícula en ESO, Enseñanzas Iniciales y Español para extranjeros.
-Autorización para alumnos menores (1 tutor)
-Autorización para alumnos menores (2 tutores)
-Consentimiento informado mayores de 14 años
-Consentimiento informado mayores de edad
b) Anulación de convocatoría para los curso NIVEL I Y NIVEL II
El árticulo 7 de la orden ORDEN 2784/2017, de 26 de julio regula el número máximo de convocatorias para superar cada uno de los ambitos de los cursos Nivel I y Nivel II
Artículo 7
Convocatorias
1. En el régimen presencial y en el régimen semipresencial, el alumnado dispondrá de un máximo de cuatro convocatorias para superar cada ámbito de conocimiento de cada
nivel, incluyendo las ordinarias y las extraordinarias.
2. Con el fin de no agotar el límite máximo de convocatorias establecidas en el punto 1 de este artículo, los alumnos podrán solicitar la anulación de una o de las dos convocatorias
que se celebran en cada curso académico, para todos o para alguno de los ámbitos de conocimiento, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Enfermedad prolongada o accidente del alumno.
b) Desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con el que tiene asignado el ámbito para el que solicita la anulación.
c) Obligaciones de tipo personal o familiar apreciadas por el director del centro que impidan la normal dedicación al estudio.
3. Las razones que se aleguen en la solicitud de anulación siempre deben justificarse documentalmente. En el caso c), el alumno presentará un escrito indicando el tipo de obligación.
4. La solicitud de anulación de la convocatoria de un ámbito o de varios ámbitos se presentará con una antelación mínima de cuarenta y cinco días naturales con respecto a la fecha de la evaluación final ordinaria o extraordinaria, según el caso. El director del centro resolverá la petición en el plazo máximo de diez días. Una copia de la resolución se adjuntará al expediente académico del alumno.
5. En la modalidad a distancia no existe límite de convocatorias.
ORDEN 2784/2017, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula para la Comunidad de Madrid la evaluación en las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por personas adultas en sus regímenes presencial, semipresencial y a distancia, y los documentos de aplicación.