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Consejo Escolar

Es el órgano de gobierno en el que están representados los diferentes sectores de la Comunidad Educativa. La renovación de los distintos miembro del Consejo se realiza por mitades cada dos años

Su composición, elección de componentes, nombramiento y competencias, están regulados por:

- Orden de 28 de febrero de 1996 , por la que se regula la elección de los consejos escolares y órganos unipersonales de gobierno de centros públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria.
- Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobados por el Real Decreto 83/1996, de 26 de enero.

El Consejo Escolar está formado por:

- La Directora del Centro, que es su presidente,

- La Jefe de Estudios de Primaria

- La Jefa de Estudios de Secundaria

- La Secretaria: con voz y sin voto

- 7 profesores entre Ed. Primaria y Secundaria

- 3 padres/madres (uno de ellos perteneciente al AMPA)

- 4 representantes del alumnado (alumnos/as de Ed. Secundaria)

- 1 representante del Ayuntamiento

- 1 representante del personal de administración y servicios (PAS).

Tanto la estructura organizativa como el funcionamiento del Consejo Escolar se inspiran en una concepción participativa en la vida escolar atendiendo a los principios democráticos de convivencia.

Como órgano colegiado de gobierno, desarrolla sus competencias teniendo en cuenta las necesidades del Centro y la propia dinámica generada. Entres sus actividades destacan:

- La aprobación de documentos como la Programación General Anual (PGA) y la memoria anual,

- La aprobación de los presupuestos y balances,

- Toma de decisiones sobre las inversiones para modificar obras o adecuaciones en la infraestructura del Centro.

- Análisis y evaluación de los resultados académicos y el desarrollo de cada uno de los cursos.

Para agilizar el funcionamiento del Consejo, se organizan varias comisiones, en las que se toman acuerdos que, posteriormente, son refrendados por el pleno del Consejo Escolar. Algunas de las Comisiones existentes en la actualidad son:

- Comisión económica: directora, secretaria, una profesora y un padre o madre.
- Comisión de convivencia y absentismo: directora, jefa de estudios, una profesora y un padre o madre.
- Comisión de matriculación y becas.
- Comisión de servicios complementarios.
- Comisión permanente.

Los Consejos Escolares serán ordinarios (uno cada trimestre, generalmente los lunes) y extraordinarios (siempre que la necesidad lo requiera) procurando que las decisiones sean tomadas por consenso siempre que sea posible o por votación de sus miembros cuando así se requiera.

El orden del día se entregará con suficiente antelación para su estudio. Las sesiones se convocarán en un horario que permita la asistencia de todos sus miembros.