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COORDINADOR DE BIENESTAR Y PROTECCIÓN INFANTIL

Desde el curso 2022/2023 contamos en el centro con la figura del Coordinador de bienestar y protección infantil.

La Ley Orgánica8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, establece en su artículo 35 que “todos los centros educativos donde cursen estudios personas menores de edad, independientemente de su titularidad, deberán tener un Coordinador o coordinadora de bienestar y protección del alumnado, que actuará bajo la supervisión de la persona que ostente la dirección del centro”.

Se trata de una figura de referencia y de coordinación tanto con el Equipo Directivo, con los tutores a través del plan de Acción Tutorial, con el departamento de Orientación, así como con otros agentes externos como Servicios Sociales, Centros de Atención a la Infancia, Agentes Tutores, Policía, y otros agentes del ámbito judicial y sanitario.

En el mismo artículo se establecen las funciones de esa figura que se enmarcan en tres ámbitos y son las siguientes:

Relacionadas con la mejora de la convivencia:

-          Promover planes de formación.

-          Identificarse como referente ante la comunidad educativa.

-          Fomentar la resolución pacífica de conflictos.

-          Fomentar el respeto a la diversidad.

-          Coordinar el Plan de Convivencia con la Dirección del centro.

Relacionadas con la coordinación con agentes externos:

-          Coordinar los casos con intervención de Servicios Sociales.

-          Informar sobre protocolos de prevención y protección.

-          Promover la comunicación con Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

-          Promover la comunicación con las Agencias de Protección de Datos.

Relacionadas con la educación en valores y los hábitos saludables:

-          Promover medidas de bienestar y buen trato y uso responsable de las NN.TT.

-          Fomentar hábitos de alimentación saludable.