Extranjería
Los ciudadanos no comunitarios que vayan a permanecer en España por un período superior a tres meses tienen que regularizar su situación legal solicitando personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Como su estancia su prolongará más allá de tres meses, los auxiliares de conversación no comunitarios deben solicitar la TIE en la Brigada de Extranjería de Madrid antes de que pase un mes desde su entrada efectiva en España.
En esta tarjeta, aparte de datos personales, foto del titular, huella dactilar, vigencia y motivos de otorgamiento, aparece el Número de Identidad de Extranjero (NIE) que, aunque no habilite para residir en España, es necesario para llevar a cabo todo tipo de trámites o transacciones económicas, tales como abrir una cuenta bancaria, alquilar una vivienda o percibir la asignación mensual. Por esta última razón, una vez obtenido la Tarjeta de Identidad de Extranjero, el Auxiliar comunicará a la mayor brevedad posible su NIE bien al secretario del centro educativo (auxiliares financiados por la Comunidad de Madrid), bien al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (auxiliares financiados por dicho Ministerio) .
Tenga en cuenta que estos trámites pueden variar, por lo que le recomendamos que consulte el apartado de Extranjería en la página web del Ministerio del Interior antes de iniciar cualquier gestión:
Otra información importante es la referente al empadronamiento. A continuación aparecen enlaces a dos documentos que explican como realizar este trámite en el caso de residir en la ciudad de Madrid. Aquellos auxiliares que vivan en una localidad distinta deberán ponerse en contacto con el Ayuntamiento de dicha localidad.