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Evaluación Psicopedagogica

La ORDEN de 14 de febrero de 1996, por la que se regula el procedimiento para llevar a cabo la evaluación psicopedagógica y se establece el dictamen y los criterios de escolarización de los alumnos con necesidades educativas especiales, plantea el proceso de evaluación como un proceso de recogida, análisis y valoración de la información relevante sobre distintos elementos que intervienen en el proceso de enseñanza aprendizaje. El objetivo de esta evaluación, más allá del mero diagnóstico, es determinar las necesidades educativas del alumnado y determinar las decisiones respecto a la propuesta curricular y al tipo de ayudas que precisan.

La ORDEN 70/2005, de 11 de enero, del Consejero de Educación de la Comunidad de Madrid, por la que se regula con carácter excepcional la flexibilización de las diferentes enseñanzas escolares para los alumnos con necesidades educativas específicas por superdotación intelectual, en su apartado Tercero, sobre la identificación y evaluación psicopedagógica de las necesidades educativas del alumnado superdotado intelectualmente, señala que “la superdotación intelectual y las necesidades educativas específicas derivadas de ella, a efectos de flexibilización, se identificarán mediante la evaluación psicopedagógica”

Los criterios que un alumno debe cumplir para ser considerado como alumno de altas capacidades son: capacidad intelectual global igual o superior a 130, valoración positiva de la creatividad y de la persistencia en la tarea.  Para determinar si el alumno o alumna reúne estos criterios, se recomienda lo siguiente:

  • Utilizar una prueba de  screening y  pruebas de inteligencia aplicadas de forma individual.
  • Valorar la creatividad a través del análisis de productos y con pruebas estandarizadas.
  • Valorar el estilo de aprendizaje

Siguiendo con la normativa vigente, la evaluación psicopedagógica de este alumnado es competencia, dentro del sistema educativo, de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica (generales y de atención temprana) y de los departamentos de orientación.

De los distintos profesionales que componen el equipo de orientación educativa y psicopedagógica o el departamento de orientación, será el profesor de psicología o pedagogía el responsable de coordinar el proceso de evaluación psicopedagógica y garantizar, en todo caso, la interdisciplinariedad y la corresponsabilidad con el equipo docente en las decisiones que se adopten.

El primer paso de dicha evaluación será reunir información sobre el alumno (desarrollo personal, historia educativa y escolar, nivel de competencia curricular, estilo de aprendizaje...). Así mismo se debe reunir información sobre el contexto escolar y familiar. Todo ello basándose en la concepción interactiva de los proceso de enseñanza, aprendizaje. Las conclusiones derivadas de la información obtenida se recogerán en el informe psicopedagógico.