NUEVO PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES BECA DE COMEDOR COMUNIDAD DE MADRID
Fecha de inicio: 01/03/2024 Fecha de fin: 15/03/2024
Apertura plazo de presentación de solicitudes para escolarizaciones posteriores al 7 de julio de 2023.
WEB DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA TRAMITAR LA SOLICITUD DE FORMA TELEMÁTICA:
https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2023-2024
¿Qué documentos tengo que aportar?
Anexada digitalmente a la solicitud telemática o en copia junto con la solicitud presencial deberán aportar los siguientes documentos:
Propuesta de resolución de escolarización emitida por la Comisión de Escolarización que acredite la incorporación al sistema educativo con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes, es decir, con fecha posterior al 7 de julio de 2023.
Certificado del Registro Civil, Libro de Familia completo (es decir, que incluya las hojas en las que figuren los padres y todos los hijos) o, documentación oficial equivalente, para acreditar los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento. En función de las circunstancias familiares, copia de los diferentes libros de familia. En el caso de ser extranjero o no disponer del libro de familia, tendrá que aportar partida de nacimiento del solicitante y de todos los menores de 25 años de la unidad familiar que figuren en la solicitud. No será válido aportar el título de Familia Numerosa.
Los extranjeros que carezcan de NIE, deberán aportar copia del pasaporte que deberá estar válidamente expedido y en vigor.
Certificado de defunción, si ha fallecido alguno de los progenitores.
Sentencia de separación o divorcio, si se ha producido, en caso de existencia de matrimonio de los padres y convenio regulador ratificado ante el Juez, donde conste la custodia del menor para el que se solicita la ayuda.
Volante de empadronamiento colectivo, emitido por el ayuntamiento correspondiente, dentro de los dos meses anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, para acreditar situación de no convivencia y justificar la monoparentalidad, en caso de inexistencia de matrimonio (sólo si está empadronado fuera del municipio de Madrid, o si está empadronado en el municipio de Madrid y no autoriza la consulta). Además, en este caso, deberá aportarse sentencia de relaciones paterno filiales donde conste la custodia del solicitante.
En el caso de hermanos no nacidos, cuya fecha prevista de nacimiento sea posterior a la de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá aportarse certificado médico acreditativo de la fecha probable del parto. Si no se aportase este documento, dicho miembro no será tenido en cuenta para el cálculo de la renta per cápita familiar.
En caso de discapacidad, si el certificado ha sido expedido en la Comunidad de Madrid y se manifiesta oposición expresa a la consulta de datos, o si el certificado ha sido expedido en otra
Comunidad Autónoma, será necesario aportarlo.