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Planes y Proyectos >> Atención a la Diversidad

ATENCIÓN A LAS DIFERENCIAS INDIVIDUALES DEL ALUMNADO

El decreto 23/2023, por el que se regula la atención educativa a las diferencias
individuales del alumnado de la Comunidad de Madrid, establece que los centros
deben elaborar un plan específico de atención a las diferencias individuales del
alumnado, denominado Plan IncluYO, que plasmará el planteamiento general del
centro en relación a la atención a la diversidad, así como el compromiso adquirido con
diferentes programas institucionales para ello, que incorporarán a su proyecto
educativo.

OBJETIVOS GENERALES

 Fomentar la colaboración y la coordinación de todos los miembros de la
comunidad educativa en la atención a las diferencias individuales del
alumnado.
 Articular un entorno de aprendizaje que atienda y de respuesta a esas
diferencias, debidas a sus diferentes condiciones en cuanto a capacidades
estilos de aprendizaje, motivaciones, intereses, diferencias culturales y
socioeconómicas, o al hecho de presentar necesidades específicas de apoyo
educativo.
 Planificar las medidas ordinarias y específicas necesarias para propiciar una
atención educativa de calidad a todo el alumnado.

PRINCIPIOS GENERALES

Según el artículo 2 del decreto 23/2023, los principios generales de atención educativa
a las diferencias individuales del alumnado serán los siguientes:

a) Normalización de la respuesta educativa que garantice entornos accesibles, al
proveer al alumnado de condiciones, apoyos y recursos tan próximos como sea
posible al entorno en el que se relaciona.

b) Inclusión educativa, como proceso más apropiado para atender a las diferencias
individuales del alumnado. La modalidad de educación más inclusiva es aquella que
favorece y permite alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades y su
inserción más adecuada en la sociedad.

c) Igualdad de oportunidades para que las enseñanzas se adapten a las necesidades
educativas del alumnado y garanticen su acceso, permanencia y progresión en el
sistema educativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.8 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

d) Flexibilidad, para adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses y
necesidades de todo el alumnado, así como a los cambios que se produzcan.

e) Orientación educativa y profesional, necesaria para el logro de una formación
integral que contribuya al pleno desarrollo del alumnado.

f) Prevención, como garantía de la detección temprana de barreras para el aprendizaje
y la participación en el sistema educativo. Las medidas preventivas que se
establezcan y los procesos relacionados con la detección temprana de esas barreras
tendrán carácter prioritario, para lo que se asegurará la colaboración de toda la
comunidad educativa.

g) Personalización de los procesos de enseñanza y aprendizaje. Se tendrá en
consideración, además de la condición del alumnado, las características de los
entornos educativos en los que se desarrollan las distintas actividades docentes. En
especial, el reconocimiento de actitudes, intereses, motivaciones, capacidades,
experiencias previas y estilos de aprendizaje de cada alumno permitirá definir sus
necesidades educativas e identificar las medidas educativas ordinarias o específicas
que, en función de los recursos, se pudieran aplicar.

h) Equilibrio en la respuesta educativa que, teniendo como referente las necesidades
educativas del alumnado, proporcione un amplio abanico de actuaciones, diferentes
escenarios de experiencias y opciones de aprendizaje.

i) Accesibilidad de entornos, bienes, productos y servicios relacionados con los
procesos educativos, de tal manera que se favorezca la participación y el aprendizaje
de todo el alumnado.

j) Autonomía de los centros docentes para facilitar una estructura y organización
flexible, tanto del proceso de enseñanza y aprendizaje como de la gestión de los
recursos humanos y materiales asignados, y que, en cada caso, procedan dentro del
marco legal establecido.

k) Colaboración entre los profesionales del centro docente, asentada en la
responsabilidad de un análisis compartido para favorecer el desarrollo global de cada
alum- no y que, a su vez, aumente la competencia del propio centro para atender a la
diversidad.

l) Participación de la comunidad educativa. La coherencia y continuidad del proceso
educativo deberá asegurar el intercambio de información entre los profesionales de la
educación en las distintas etapas educativas y la participación de los padres o
representantes legales en el proceso educativo de sus hijos o tutelados.

m) Colaboración de los centros docentes con distintas entidades, organizaciones e
instituciones del entorno a fin de coordinar, definir proyectos y actuaciones educativas,
y optimizar recursos.

n) Colaboración entre administraciones públicas. Los titulares de las consejerías
competentes en materia de educación, sanidad y políticas sociales establecerán los
mecanismos de coordinación oportunos que faciliten la detección, identificación y
atención educativa al alumnado que requiera, por sus características y necesidades
individuales, una respuesta interdisciplinar.

ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVA CURSO 23/24

Además de las diferencias individuales de nuestro alumnado, que se abordan a través
de medias ordinarias, hay alumnos en el centro que presentan necesidad específica
de apoyo educativo:

 28 alumnos de necesidades educativas especiales en todas las etapas, 15 de
ellos se encuentran en la etapa de ESO y reciben apoyo de la profesora de
pedagogía terapéutica.

 29 alumnos con altas capacidades intelectuales.

 48 alumnos con dificultades de aprendizaje.

 19 alumnos de incorporación tardía. De ellos 3 con un nivel bajo del idioma, 2
de ellos procedentes de Ucrania.

 5 alumnos por condiciones sociales.

 2 alumnos por condiciones de salud.

Tenemos un grupo de 2º curso de diversificación curricular con 14 alumnos. Este curso
23-24 no ha sido posible formar un grupo de 1º de diversificación curricular debido a
no contar con el número suficiente de alumnos.

En el centro se imparten todos los ciclos formativos de la familia profesional de
Informática, incluido un Ciclo Formativo de Grado Básico, en concreto el de
Informática y Comunicaciones.