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Claustro de profesores

CLAUSTRO DE PROFESORES
 
¿Para qué sirve el Claustro?
El Claustro del profesorado es el máximo órgano para el debate y la toma de decisiones sobre todos los aspectos pedagógicos en el Instituto.

Es el órgano propio de participación de los profesores en el control y gestión del Centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos docentes del Centro.

¿Cuándo se reúne y cómo?
El claustro se reunirá una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. Además se realizará una sesión de claustro a principio de curso y otra al finalizar éste.

Las reuniones irán precedidas por una convocatoria nominal a cada uno de sus miembros con, al menos, 48 horas de antelación y con el orden del día a tratar; cualquier miembro del Claustro podrá realizar propuestas para su aprobación y los documentos que se vayan a debatir se adjuntarán o se harán públicos en la sala de profesores. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple.

Composición
El Claustro de Profesores será presidido por el Director del Centro y estará integrado por la totalidad del profesorado que preste servicios en el mismo. Actuará como secretario en el Claustro el Secretario del Centro.
Funciones
El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias:
  1. Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
  2. Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
  3. Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
  4. Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
  5. Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.
  6. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
  7. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
  8. Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.
  9. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
  10. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
  11. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.