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ACE HORTALEZA

El Instituto cuenta desde el curso 2012-13 con un ACE (perfil de electricidad).

AULA DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (ACE)

Medida organizativa extraordinaria de promoción educativa para garantizar la atención del alumnado y favorecer su integración escolar, propiciando el desarrollo de las capacidades incluidas en los objetivos generales de etapa y hacer posible, en su caso, su incorporación a un programa de Formación Profesional Básica (FPB) o a un programa de Mejora del Aprendizaje (PMAR).

¿Quienes son los destinatarios?

Alumnado en situación de desventaja de educación secundaria obligatoria que cumpla 15 años en el año natural en el que se inicie el curso escolar correspondiente y que, además de acumular desfase curricular significativo en la mayoría de las áreas, valore negativamente el marco escolar y presente serias dificultades de adaptación al mismo, o haya seguido un proceso de escolarización tardía o muy irregular, que hagan muy difícil su incorporación y promoción en la etapa.

Podrán incorporarse a un aula de compensación educativa aquellos alumnos que presenten las características señaladas anteriormente y además, reúnan las siguientes condiciones:


a) Estar desescolarizados o en grave riesgo de abandono escolar por encontrarse en situación familiar desfavorecida.
b) No encontrarse en condiciones de alcanzar los objetivos de la educación secundaria obligatoria, a pesar de haberse adoptado con él las medidas de atención a la diversidad previstas en la legislación vigente.


Con carácter excepcional, podrá proponerse la escolarización en un aula de compensación educativa de los alumnos que cumplan todos los requisitos establecidos anteriormente, salvo el de la edad.

El número de alumnos atendidos en cada grupo de un aula de compensación educativa no podrá ser superior a quince y su adscripción a la misma se revisará periódicamente, en función de sus progresos de aprendizaje.

Modelo organizativo

Los alumnos que se incorporen a un aula de compensación educativa seguirán el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria debidamente adaptado a sus capacidades, intereses y necesidades específicas, con un enfoque eminentemente práctico. El referente de las programaciones y del conjunto de actividades didácticas que se desarrollen serán los objetivos generales de la etapa y, como objetivos más específicos, tendrán los siguientes:


a) Obtener niveles adecuados de socialización y convivencia.
b) Propiciar la madurez propia de la etapa evolutiva del alumnado.
c) Garantizar unos conocimientos y destrezas básicos que permitan el aprendizaje futuro de un oficio.

El currículo de las aulas de compensación educativa se organizará en tres ámbitos: ámbito práctico, ámbito lingüístico-social y ámbito científico-matemático, que incorporarán los objetivos y contenidos de las áreas y materias de la E.S.O., así como las adaptaciones necesarias para la atención educativa de este alumnado. Los centros docentes establecerán, en función de las características y expectativas del alumnado, la distribución horaria de cada uno de los ámbitos citados que en ningún caso podrá superar, en conjunto, los 20 períodos lectivos semanales. Además, los alumnos cursarán dos periodos lectivos semanales de Educación Física, uno de Religión o actividades alternativas, dos de tutoría y cinco de libre utilización por parte del centro para actuaciones apropiadas a los intereses del alumnado.


- El núcleo fundamental del currículo estará constituido por el ámbito práctico, tendrá un enfoque interdisciplinar y utilizará una metodología activa desarrollada a través de proyectos y talleres que impliquen al alumno/a en su proceso educativo y futuro profesional.
- La acción tutorial se llevará a cabo en dos sesiones semanales. Con carácter general, el tiempo máximo que un alumno/a podrá permanecer escolarizado en un ACE será hasta terminar el curso que finalice en el año natural en el que el alumno/a cumpla 16 años.


Excepcionalmente, se podrá autorizar la permanencia un año más en el ACE cuando las circunstancias así lo aconsejen, a propuesta de la dirección del centro y con informe favorable del Servicio de Inspección de Educación. Una vez realizada la autorización y transcurrido un mes desde la convocatoria para la entrevista inicial, si el alumno no hubiera formalizado su matrícula en el ACE o, realizada la matriculación, se ausentase por un periodo superior a veinte días lectivos sin justificación adecuada, volverá su expediente, en el primer caso al centro de origen y en el segundo a las comisiones de Absentismo y Escolarización.

 

Ficheros adicionales